Si
hay algo en lo que los economistas nunca nos pondremos de acuerdo es en el
papel económico del Estado. Sin embargo, donde parece que sí coincidimos es en
reconocer que el rol del Estado es a consecuencia de las fallas o
deficiencias del mercado. Aceptemos como mercado a una confluencia de
intereses personales o institucionales, que no tiene que entenderse como malo, de quienes tienen deseos de comprar y otros el deseo de vender, y que en esta interacción de egoísmos se producen fallas o efectos
de difusión hacia el exterior de la transacción en sí, o lo que los economistas
llamamos externalidades, que por cierto toda actividad humana la ocasiona.
No
me ocuparé de las externalidades positivas o economías externas, que si bien
existen no son tan publicitadas como las externalidades negativas o
deseconomías externas. El ejemplo clásico de estas últimas es el de una
industria que cuando produce un bien para el mercado, contamina o ensucia el
aire o el agua del que gozan el resto de la población, imponiéndoles en
consecuencia un costo por el cual la empresa contaminante no paga absolutamente
nada. Costos como por ejemplo, el que las personas se enfermen por la mala
calidad del aire que respiran o el que los agricultores vean reducir sus
ingresos por la mala calidad del agua con que riegan sus productos, es decir, la
empresa contaminante traslada parte de sus costos a la población o agentes
externos y no los compensan en absoluto.
Ante
esto, la solución general es hacer que el agente contaminante internalice o
incorpore de alguna manera los costos de su contaminación en su estructura
total de costo, motivándolos a reducir los efectos negativos de su actividad, a
través de la búsqueda de niveles eficientes de producción con costos ahora
mayores.
Existen
tres enfoques de cómo lograrlo, el primero de ellos – y muy utilizado por
ejemplo con los agricultores - es a través de lo que se conoce como el teorema
de coase, en merito al economista inglés Ronald Coase, profesor de la
Universidad de Chicago, quién se hizo merecedor al Premio Nobel de Economía en
1991, entre otras publicaciones, por su influyente artículo llamado “El Problema del Costo Social”.
La
premisa básica de coase, dentro de un enfoque estrictamente privado, descansa
en que las partes involucradas, el agente contaminante y el agente contaminado,
acuerdan voluntariamente el nivel eficiente de contaminación que no dañe suficientemente
los productos externos y que están además dispuestos a acordar una compensación
económica que justifique tal nivel de contaminación. Esta solución solo podría
darse si los derechos de propiedad entre los involucrados están bien definidos,
si son asimismo pocas las partes implicadas y si los costos de transacción son
reducidos. Sin embargo, este enfoque difícilmente será eficiente para un número
muy grande de afectados, por la dificultad de su identificación y sus altos costos
de negociación.
El
segundo enfoque es de carácter legal, a través de la regulación, prohibiendo
determinadas conductas y estableciendo un sistema de incentivos y castigos para
que las empresas reduzcan sus niveles de contaminación, como por ejemplo,
imponiendo límites máximos permisibles, más allá de los cuáles serán sujetos a
multas o sanciones.
El
problema con este enfoque son las propias fallas del Estado, las que limitan su
accionar eficiente, como por ejemplo, ¿Quién debería decidir cuál es el nivel
máximo permisible de contaminación?, ¿Afectaría por igual este máximo
permisible a todas las empresas?, ¿Acaso no es cierto que existen distintos
tamaños de empresas y que cada una tiene una estructura de costos diferente?, ¿Qué
fortalezas institucionales tendrán los Organismos de Fiscalización Ambiental?, y
después todo ¿El estado estará en la capacidad de hacer cumplir la normativa?
En
uno de sus recientes comentarios el Instituto Peruano de Economía (IPE) hizo
saber que la prensa resaltó que del total de los S/.76 millones de multas
impuestas por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) solo
se han pagado el 10.5%, el otro 85.6% está con suspensión judicial y el 3.9%
del saldo está en trámite. Asimismo resaltó que según el Instituto Fraser, Perú
se encuentra en la ubicación 51 a nivel global en términos de incertidumbre de
regulación ambiental, muy por encima del 4to lugar de Chile, que para muchos es
su principal competidor en proyectos mineros.
El
tercer y último enfoque es la aplicación de algún tipo de impuesto sobre la
contaminación, bajo este método el estado impondría un impuesto igual a la
cantidad del daño externo, con el propósito de inducir a la industria a reducir
su efecto de difusión negativo o contaminación.
Este
tipo de impuestos a diferencia de otros como el IGV o el impuesto a la renta tienen
una característica distintiva, que es el de generar un doble beneficio social,
por una parte, aplicando el impuesto el estado recauda más ingresos y por otra logra
reducir la contaminación, con el consiguiente beneficio social. Algo que no
sucede por ejemplo con el IGV, que solo origina ingresos para el estado, pero
costos para los contribuyentes, quienes tienen que pagar algo más, es decir, genera
un ingreso y un costo, a diferencia de los impuestos sobre las externalidades,
en las que hay un doble beneficio, a este último tipo de impuestos se les
llaman impuestos pigouvianos, en honor al economista inglés Arthur C. Pigou,
quien los descubrió.
Cualquiera
sea el enfoque que se adopte - las sociedades mayoritariamente se han sesgado
hacia los dos primeros - es quizás más importante la identidad del agente
contaminante. No hay ninguna duda que los privados son los causantes de muchas
externalidades, desde la empresa que vierte sus desechos a los ríos hasta quien
escucha con volumen alto la música de los shocking blue, pasando por el
propietario del auto más antiguo con emisiones tóxicas, que por cierto pueden
ser fácilmente identificables y sujetos a internalizar sus externalidades.
Por último, debemos reconocer a las fallas del Estado, que en definitiva son mayores que las del mercado o que terminan por empeorarlas pretendiendo corregirlas, como un actor contaminante del que muy poco se habla, quizás por la doble moral con la que se trata a sus empresas públicas, muy en particular las empresas prestadoras del servicio de agua y alcantarillado, ¿Quién debería internalizar los costos por el arrojo de las aguas servidas a los ríos? ¿Quién debería recibir las penalidades?, sus accionistas, es decir, los usuarios y a la vez sus propietarios. Sin embargo, la lógica nos dice que no somos lo suficientemente estúpidos como para atentar contra nosotros mismos, entonces, ¿Cómo resolvemos ese dilema ético?, solo aceptando y no negando nuestras responsabilidades sociales de convivencia.
Publicado en el Diario La Prensa de Moquegua el 09/04/2013
© Copyright, este artículo puede ser distribuido libremente, siempre y cuando, se cite al autor.
Publicado en el Diario La Prensa de Moquegua el 09/04/2013
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